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El Supremo ratifica la condena a Inocente Montano a una semana del estreno de nuestro documental «El jardín de las rosas»

Por: Gerard Sánchez. Fotografías. Alberto Pla

«La justicia es lenta, pero llega». Esta es una de las frases que nos dice uno de los protagonistas de nuestra nueva película documental «El Jardín de las rosas«, que se estrenará el 11 de febrero, a las 18 horas en la SGAE y online vía Streaming, en el marco del Festival de Cine y Derechos Humanos Humans Fest de Valencia.

Un documental que toma como hilo conductor los asesinatos de los «mártires de la UCA», entre ellos cinco jesuitas españoles, para reflexionar acerca de la violencia estructural de un país como El Salvador y también sobre cómo es posible salir de ella reforzando elementos como la justicia y la educación.

Alberto Pla conversa con Rodolfo Cardenal Chamorro. Director del Centro Monseñor Romero de la UCA, durante el rodaje de la película documental «El jardín de las rosas».

Precisamente, y a una semana y un día del estreno de nuestro documental, este miércoles, día 3 de febrero, el tribunal Supremo ha confirmado la condena impuesta por la Audiencia Nacional al exviceministro de Seguridad Pública de El Salvador Inocente Orlando Montano por el asesinato de cinco jesuitas españoles, entre ellos el sacerdote Ignacio Ellacuría, cometidos la noche del 15 al 16 de noviembre de 1989 en la universidad Centroamericana José Simeón Cañas. La Sala confirma que fueron asesinatos de carácter terrorista por los que le impone penas de 26 años, 8 meses y un día de reclusión mayor por cada uno de los delitos. El límite de cumplimiento será de 30 años de prisión. Unos crímenes en los que también fue asesinado otro jesuita así como la mujer que los cuidaba y su hija, en un intento de no dejar testigos de lo ocurrido. Si bien no se le pudo condenar por estos tres últimos asesinatos al no haber concedido EEUU su extradición por esos crímenes, sino solo por los españoles.

Los asesinatos de los jesuitas son considerados de carácter terrorista y crimen de Estado

El tribunal considera acreditado que los miembros componentes del Alto Mando de las Fuerzas Armadas salvadoreñas, como núcleo decisor colegiado, entre los que se encontraba el acusado, al ver amenazada su situación de poder y de control ante la ofensiva desarrolla en noviembre de 1989 por el FLMN, decidieron ejecutar a Ignacio Ellacuría, la persona que de forma más intensa y efectiva impulsaba, desarrollaba e intentaba llevar a las dos partes en conflicto a la paz, a través del diálogo y la negociación.

Preparación de la entrevista al Guía del museo de la Revolución de Morazán, en El Salvador.

Para ello, siguiendo un plan preconcebido, dieron la orden directa, personal y ejecutiva al Coronel Director de la Escuela Militar, de ejecutar al jesuita,” sin dejar testigos vivos de ello, para lo que le facilitaron los medios necesarios que asegurasen el buen fin de la operación, al poner a su disposición, y bajo su mando, al Comando del Batallón Atlacatl desplazado a San Salvador, por orden del mismo Alto Mando, a través del Jefe de Estado Mayor, a fin de efectuar tales ejecuciones. Conociendo que Ignacio Ellacuría no se encontraba solo en la Residencia de la Universidad, dieron la orden directa de ejecutar a cuantos estuvieran presentes en citada residencia el día de los hechos, a fin de no dejar testigos”.

Para la Sala el relato de hechos probados es sumamente descriptivo de lo que ocurrió y supone “un auténtico “relato de terror” y del horror que tuvieron que vivir las víctimas de este crimen de Estado”.

La sala recuerda que las víctimas asesinadas. no eran parte del conflicto armado, no se estaban enfrentando a quienes ordenaron el crimen y por ello no existe causa que permita justificar la agresión mortal a la vida de estas 8 personas, cometiendo un crimen “que fue más allá de la gravedad y consecuencias del atentado contra la vida de las víctimas. No se adivina qué tipo de fuerza, pudo producirse en virtud de la cual el acusado obrase violentado por la misma”.

El tribunal avala la tipificación de los hechos como asesinato (art 406 del CP) en concurso con delito de terrorismo (art 174 bis b) al encuadrar la conducta desplegada por el Alto Mando como un acto terrorista, “En efecto, se utiliza por el Alto mando el aparato del Estado para llevar a cabo una auténtica ejecución civil de ciudadanos para crear una apariencia ante la sociedad de que actuaban contra el Estado, cuando lo que se perpetró es un auténtico asesinato con modalidad amparada en el “terrorismo de Estado” para alterar en realidad la convivencia social y llevar a cabo “crímenes de Estado” que conceptualmente no se diferencia del terrorismo realizado por grupos organizados”.

Asegurar el crimen y evitar cualquier opción de defensa que pudieran llevar a cabo los asesinados

Un momento del rodaje de la película documental «El jardín de las rosas» en El Salvador.

Para la Sala, la lectura de los hechos probados evidencia la concurrencia de que se trató de un acto alevoso tendente a asegurar el crimen y a evitar cualquier opción de defensa que pudieran llevar a cabo los asesinados, “ desde el momento en que el acusado, como miembro del núcleo decisorio, residenciado en el Alto Mando de las Fuerzas Armadas, participó en la decisión de ordenar al Coronel Director de la Escuela Militar acudir de madrugada a la Residencia de la UCA, en donde vivían las víctimas, a fin de “proceder contra ellas” es decir: ejecutar tanto a Ignacio Ellacuría como a quienes se encontrasen en el lugar, sin importar de quienes se tratase, a fin de que no hubiera testigos de los hechos, y lo hace dotando al citado Coronel de un Comando compuesto por unos cuarenta soldados, pertenecientes a un Batallón de élite de las Fuerzas Armadas, entrenados por el ejército de los Estados Unidos de América, fuertemente armados y equipados, sin que las víctimas tuviesen ninguna capacidad de defensa, pues se encontraban durmiendo, fueron llevadas a un patio y allí, tras ordenarlas ponerse tumbados boca abajo, se les descerrajaron disparos, de fusiles de asalto AK-47 y M-16, en la cabeza“.

La orden que se da desde el Alto mando al que pertenecía el recurrente tuvo por fin asegurar la ejecución de Ignacio Ellacuría y quienes estuvieran con él, así como evitar testigos presenciales de los hechos, lo que motivó el volumen de víctimas que se derivó de la decisión de acabar con la vida de Ellacuría.

Matanzas masivas durante la larga guerra civil

Estas y otras matanzas fueron algo habitual durante la larga guerra civil que asoló a El Salvador entre 1980 y 1992. Matanzas como la del Mozote, en la que se asesinó a todo un pueblo, niños y niñas incluídos, en la misma estrategia de «tierra quemada» y de no dejar testigos aplicada por el ejército salvadoreño, bajo el amparo de EEUU. Matanzas que también se reflejan en nuestro documental «El jardín de las rosas», con testimonios como el de su única superviviente, Rufina Amaya. Recordamos que este documental se estrenará el próximo 11 de febrero, a las 18 horas, en el Humans Fest de Valencia y de podrá ver por streaming. Pronto comunicaremos el link para poder visualizar esta película documental dirigida por Alberto Pla.

Entrevista al presidente de la Fundación por la Justicia, José María Tomás i Tío, para la película documental «El jardín de las rosas».

 

 

 

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